Estoy en: Inicio Secretaría Becas Becas de libros y material escolar

Becas de libros y material escolar. PDF Imprimir
Martes, 06 de Abril de 2010 09:25

Esta abierto el plazo para la solicitud de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico que se concederán  en régimen de concurrencia competitiva en las modalidades de Familia numerosa, Ministerio de Educación y Ciencia (MEC), Victimas del terrorismo y modalidad general.

Requisitos:

1. Padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección, de alumnos que en el ejercicio escolar 2010/2011 vayan a cursar estudios en cualquier centro docente de la Comunidad de Madrid autorizado por la Consejería de Educación,  y en alguno de los siguientes cursos:

  • 3º curso del segundo ciclo de educación infantil (5 años).
  • Del 1º al 6º curso de educación primaria.
  • Del 1º al 4º curso de educación secundaria obligatoria.

2. En el caso de centros extranjeros se asimilan los cursos de las etapas educativas a los cursos equivalentes impartidos en dichos centros que estén convalidados o que no requieran convalidación para su asimilación.

Plazo de presentación de solicitudes:

Del 1 al 26 de Abril de 2010, ambos inclusive.

Formas de presentación de la solicitud:

La solicitud podrá presentarse telemáticamente a través de internet, siendo el procedimiento recomendado por su comodidad, rapidez y fiabilidad; o de forma física.

Presentación de solicitud telemática:

Para poder presentar la solicitud telemática, únicamente será necesario disponer de un certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid. Los certificados válidos se pueden consultar en la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org), en el apartado de Administración Electrónica (firma electrónica).

En caso de presentar solicitud telemática no deberá presentar solicitud físisca, en el caso de que haya duplicidad de solicitudes primará siempre la última presentada en el tiempo.

Impreso de solicitud:

Puede descargar el impreso de solicitud desde el siguiente enlace: Impreso de solicitud.

En dicho impreso puede informar de hasta 3 hijos, si necesita indicar más debe rellenar la Relación de Miembros adicionales.

Lugar de presentación de las solicitudes físicas:

La solicitud se tiene que presentar por duplicado en el centro docente en que el alumno esté matriculado en el presente curso 2009/2010. Los centros registrarán la entrada de ambos ejemplares devolviendo uno de ellos debidamente sellado al solicitante.

Si los alumnos solicitantes de una misma familia estuvieran matriculados en distintos centros educativos, se realizará una única solicitud que se presentará en el centro en el que se encuentre matriculado el alumno de menor edad.

Si no estuviera matriculado en ningún centro de la Comunidad de Madrid la solicitud se presentará:

  • En el centro público o concertado que se vaya a solicitar como primera opción en el proceso de admisión para el curso 2010/2011.
  • Si desconoce en qué centro va a solicitar la admisión o reserva de plaza, la solicitud se presentará en la Dirección de Área Territorial correspondiente.

Documentación a presentar:

Solicitud, que  se cumplimentará con los datos que proceda, según las circunstancias de los alumnos y siempre deberá consignarse de forma clara y legible:

  • Número de D.N.I o N.I.E de todos los miembros de la unidad familiar.

  • Número de Identificación del alumno (NIA) de todos los alumnos por los que se solicita la beca (este dato debe figurar obligatoriamente, al ser el único medio oficial de identificación del alumno). El centro facilitará este número a los padres que lo desconozcan.

  • Número del título de familia numerosa, en su caso.

Será firmada por el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del alumno, excepto en los supuestos de separación o divorcio en los que podrá ser firmada únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor.

En la solicitud se podrá autorizar la consulta de datos a la Consejería de Educación para que pueda obtener a través de cruces telemáticos:

  • De la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la información necesaria para determinar la renta de la unidad familiar.

  • Del Ministerio de Administraciones Públicas, la información necesaria para determinar la validez de los DNI o NIE de los solicitantes.

  • De la Consejería de Familia y Asuntos Sociales sobre título de familia numerosa, Renta Mínima de Inserción y minusvalía.

  • Del Instituto Nacional de Estadística, la información de empadronamiento necesaria para determinar la no convivencia a fin de determinar la unidad familiar.

Esta autorización exime a los solicitantes de presentar los documentos que acreditan las situaciones objeto de cruce telemático siempre que sean válidas.

En la mayoría de los casos si se autoriza la consulta de datos no será necesaria la aportación de ninguna documentación.

Cuando no se autorice la consulta de datos, y en aquellos casos en que sea necesario, junto con la solicitud se presentará fotocopia en papel tamaño folio (DIN-A4, no se admitirán fotocopias recortadas) de los documentos necesarios, según la modalidad por la que se solicite la beca y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de convocatoria. En el momento de presentar la solicitud, se exhibirán los documentos originales correspondientes a las fotocopias presentadas. Estos originales se devolverán a los interesados.

En todo caso, la documentación que se presente deberá estar en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

a) Beneficiarios MEC:

  • No deberán aportar ninguna documentación si autorizan la consulta de datos del DNI o NIE recogida en la solicitud. En el caso de no autorizar la consulta de datos deberán aportar copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del Número de Identificación de Extranjeros (NIE).

b) Familias numerosas:

  • Si autoriza la consulta de datos no será necesario aportar copia del DNI ni del NIE en vigor. Si no autoriza la consulta de datos deberá presentar copia del DNI o NIE en vigor.
  • Si el título de familia numerosa ha sido expedido en la Comunidad de Madrid y autoriza la consulta de datos, no deberán aportar ninguna documentación. Si no autoriza la consulta de datos deberá presentar copia del título de familia numerosa. En el supuesto de que el título de familia numerosa haya sido expedido en otra Comunidad Autónoma deberá aportar copia del mismo. No obstante, si ya hubiera aportado este último documento en una convocatoria de becas de libros de texto y material didáctico de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2008/2009, fue válido y no ha sufrido ninguna variación no será necesaria su aportación dado que se procederá a su revisión de oficio por la Consejería de Educación.

c) Modalidad general:

  • Si autoriza la consulta de datos no será necesario aportar copia del DNI ni del NIE en vigor. Si no autoriza la consulta de datos deberá presentar copia del DNI o NIE en vigor.
  • En el caso de extranjeros que carezcan de NIE deberán aportar una copia compulsada del pasaporte válidamente expedido y en vigor y consignar el número del mismo en la solicitud.
  • Libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.

Si los miembros de la unidad familiar que figuran en la solicitud no fueran los mismos que constan en la citada documentación, deberá justificarse documentalmente la diferencia en los términos previstos en el artículo 5: sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor, certificado de defunción o cualquier otro documento o justificante que se estime pertinente como medio de prueba de su situación familiar.

Si ya hubiera aportado estos documentos en una convocatoria de becas de libros de texto y material didáctico de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2008/2009, fue válido y no ha sufrido ninguna variación no será necesaria su aportación dado que se procederá a su revisión de oficio por la Consejería de Educación.

  • En caso de discapacidad computable a los efectos de lo previsto en el artículo 5.7 si el certificado de discapacidad ha sido expedido en la Comunidad de Madrid y se ha autorizado la consulta de datos, desde la Consejería de Educación se recabará de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales la información oportuna, no siendo necesaria su aportación.

Sí que deberá aportarse el certificado cuando no se haya autorizado la consulta de datos o cuando haya sido expedido fuera de la Comunidad de Madrid. El resto de supuestos asimilables legalmente a la discapacidad previstos en el artículo 5.7 deberán acreditarse mediante la aportación de la documentación oficial oportuna.

  • Si ninguno de los miembros computables para el cálculo de la renta de la unidad familiar establecidos al efecto en el artículo 5 de la presente orden, hubiera generado ingresos con deducción de IRPF en el ejercicio fiscal que se determine en la convocatoria, la situación económica deberá acreditarse a través de alguna de las siguientes formas:
    • Mediante informe de vida laboral positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador en el que se determinen los ingresos del trabajador.
    • Mediante documento expedido por los servicios sociales municipales, debidamente firmado y sellado, en el que conste la intervención de dichos servicios sociales y, si fuera posible, la cantidad estimada de ingresos anuales de que dispone la unidad familiar.
    • Mediante indicación expresa en el modelo de solicitud de que la unidad familiar es beneficiaria de la renta mínima de inserción (RMI) para su comprobación de oficio por la Comunidad de Madrid si autoriza la consulta de datos. Si no autoriza la consulta de datos deberá presentar la documentación acreditativa de tener concedida y en vigor la Renta Mínima de Inserción.

Preguntas frecuentes:

Desde el siguiente enlace puede consultar las preguntas más frecuentes sobre las Becas de Libros y Material escolar para el curso 2010/2011: Preguntas frecuentes.

Importe de las becas:

  • Educación Infantil (curso 3º del segundo ciclo)... 40 euros
  • Educación Primaria... 104 euros
  • Educación Secundaria... 110 euros
 

Joomla templates by a4joomla